Incoterms 2020 vs 2010: Principales Diferencias

3 Febrero, 2021
Incoterms 2020 vs 2010: Principales Diferencias

Si te dedicas al comercio internacional debes ser consciente de que el proceso de transporte internacional de mercancías, pese a llevarse a cabo con operadores logísticos suele ser muy complejo. Frente a ello, deberás elegir entre todas las variedades de Incoterms existentes, el que más se ajuste a tus necesidades.

Para ello, la Cámara de Comercio Internacional, el primero de enero del 2020 realizó una actualización de las reglas Incoterms. Y ello, responde al fin primordial por el cual fueron creadas.

Así tenemos, facilitar el entendimiento inter partes en cualquier contrato de compraventa. Lo cual, nos lleva a definir de forma clara y precisa los derechos y deberes de cada una de ellas. Así como, prestar la suficiente atención a la evolución de los mercados y adaptar diversas disposiciones a las particularidades del comercio internacional.

Por ello, en South Express, especialistas en transporte de carga aérea internacional hemos recopilado las principales diferencias entre los Incoterms del 2020 y los Incoterms del 2010

Notas Explicativas: Inclusión de la variable “Costos”

En lo relativo a las notas explicativas de los Incoterms 2020 se ha añadido una variable llamada ‘reparto de costos’. Estos se incluyen en los renglones A9 para la parte vendedora y, B9 para la parte compradora.

De esta forma, se podrá calcular más fácilmente los costos de exportación o los de importación, más eficientemente para los usuarios.

Incoterm FCA: Mención “a bordo” en el BL

Si hablamos de transporte marítimo, el comprador podrá educar a su transportista para que aquel emita a nombre del exportador un Conocimiento de Embarque llamado BL con la leyenda ‘a bordo’. Esto se hará luego de que la mercancía se encuentra cargada en el barco.

En el caso que exista un crédito documentario, el exportador tendrá la posibilidad de comprobar que la mercancía ha sido entregada y puesta a bordo del barco. Con ello, podrá entregar al banco los documentos necesarios para efectivizar el pago de la carta de crédito.

INCOTERMS

Coberturas de seguro en CIF y CIP

Gracias a la versión de Incoterms 2020 se establecen dos niveles de cobertura de seguro. Se podrá seguir utilizando la Cláusula C para el Incoterm CIF. Este resguarda las mercancías frente a incendios, colisiones, explosiones, arrastre por olas, descarrilamientos, entre otros.

No obstante, para las mercancías CIP, la cobertura que deberá usarse será aquella que contenga la Cláusula A. Esta, además de lo resguardado por la Cláusula C, protege las mercancías frente a mojaduras, terremotos, erupciones volcánicas, entre otros.

Creación del Incoterm DPU

Que en español significa ‘entregado en el lugar descargado’. A razón de este nuevo Incoterm,la mercancía se entrega descargada en el lugar acordado. Aquel podrá ser cualquier lugar en el país de destino, siempre que este cuente con el equipo que le permita realizar la descarga del medio de transporte.

Transporte propio en FCA, DAP, DPU y DDP.

En estos Incoterms se agregará la opción de uso de transporte propio y alquilado en FCA, DAP, DPU y DDP. Respecto a la regla FCA, el comprador tendrá la opción de enviar sus propios transportes a recoger las mercancías para trasladarlas a sus instalaciones. Respecto a las reglas DPU, DAP y DDP, el vendedor podrá emplear su propio transporte para trasladar los bienes al destino final.

Seguridad en el despacho aduanero y el transporte

En los Incoterms actuales se le brinda gran importancia a la responsabilidad que deben asumir las partes para garantizar la seguridad de las cadenas y operadores logísticos internacionales. Esto involucrará tanto al transporte como al despacho.

La parte que realiza la contratación, será la principal responsable de garantizar la seguridad en los medios de transporte. Por ello, el comprador será quien asuma la seguridad por el Incoterm elegido: EXW, FAS, FCA o FOB. Por otro lado, le corresponderá al vendedor hacer lo mismo cuando haya optado por CPT, CFR, CIP, CIF, DAP, DPU y DDP.

Esperamos que la información brindada te haya aclarado más el panorama respecto a los nuevos cambios en los actuales Incoterms. Recuerda que, South Express, especialistas en transporte de carga aérea internacional podrás resolver esta y otras dudas que tengas en mente . Si quieres conocer sobre todos los servicios disponibles de operadores logísticos para tu negocio, comunícate con nosotros al (+511) 418-5151 (+51) 998179583 o solicítanos más información al correo ventas@southexpress.pe.

Contacto


    MarítimoAéreoAduanasTerrestreMultimodalSeguro

    Otros artículos